Secretaría de Cultura y Turismo

Gobierno del Estado de México

Comité de Ética

 

  • Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el ejercicio de su Empleo, Cargo o Comisión y los Lineamientos Generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, publicado el 30 de noviembre de 2015 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

 

  • Leyes Generales del Sistema Nacional Anticorrupción y de Responsabilidades Administrativas, publicadas el 18 de julio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.

 

  • Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares, publicado el 2 de abril de 2019 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

 

  • Lineamientos Generales para establecer las bases de la Integración, Organización, Atribuciones y funcionamiento de los Comités de Ética de las Dependencias del Poder Ejecutivo y sus Organismos Auxiliares del Estado de México el 18 de febrero de 2021. 

 

  • Artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades señala que los servidores públicos deberán observar el Código de Ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los órganos internos de control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño.

 

  • Acuerdo por el que se emite el Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo del Gobierno del Estado de México, publicado el 22 de abril de 2022 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 73 fracción XXIV, 109 fracción III, 113 y 115 fracciones I y II.

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio del año 2016.

Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio del año 2016.

Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 30 de mayo de 2017.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículos 5, 77 fracciones II, XXVIII, XXXVIII y XLIII, 112, 116, 122, 130, 137 y 138.

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, artículos 2, 7, 8 y 38 BIS.

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 30 de mayo de 2017.

Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, artículo 88.

Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para establecer las bases de la integración, organización, atribuciones y funcionamiento de los Comités de Ética de las dependencias del Poder Ejecutivo y sus Organismos Auxiliares del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 18 de febrero de 2021

Política Estatal Anticorrupción

Protocolo de Actuación para la Recepción, Trámite y Conclusión de las Denuncias, Sugerencias y Reconocimientos presentadas ante los Comités de Ética de las Dependencias del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares

Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 2 de abril de 2019.

Acuerdo por el que se emite el Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo del Gobierno del Estado de México, publicado el 22 de abril de 2022 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Acuerdo Circular 655/2023

El Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo se público el 22 de abril de 2022 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

¿Cuál es la finalidad del Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo?


Es un instrumento normativo de observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en la Secretaría de Cultura y Turismo, y está integrado por principios, valores y reglas de actuación que tutelan el desempeño diario de las personas del servicio público, mismos que ayudan a generar confianza y credibilidad de la ciudadanía en las instituciones públicas del Gobierno del Estado de México.


Tiene por objeto robustecer en las y los servidores públicos el comportamiento ético al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano, la prevención de conductas constitutivas de faltas administrativas y el compromiso de respetar sin excepción alguna, la dignidad de las personas, sus derechos y su libertad; proveerlos de un trato amable y humano, que aporte a dar cumplimiento a los programas y acciones institucionales en beneficio de la ciudadanía mexiquense.


Principios contenidos en el Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo

     
                                    
Valores contenidos en el Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo

¿Qué son la Reglas de Integridad?

Son principios que ayudan a lograr el buen actuar de los servidores públicos y el cumplimiento de los objetivos de la dependencia.

¿Para qué sirven las Reglas de Integridad?

Sirven para orientar y dar certeza al comportamiento ético de las personas servidoras públicas de esta Secretaría, debido a que delimitan el actuar en el servicio público de manera específica, cuyo cumplimiento es general y obligatorio. Por lo que se deben anteponer en el desempeño de su empleo, cargo o comisión. 

¿Cuáles son las Reglas de Integridad?

  1. Actuación pública. Conducirán su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público.
  2. Información pública. Se conducirán con profesionalismo, responsabilidad y protección de la información, evitando ocultar o simular información que propicie irregularidades en los resultados, conforme al principio de transparencia y máxima publicidad.
  3. Contrataciones, licencias, permisos autorizaciones y concesiones. Quienes participen directa o indirectamente en contrataciones públicas o en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se conducirán con transparencia, imparcialidad, objetividad y legalidad.
  4. Programas gubernamentales. Quienes directa o indirectamente participen en el otorgamiento y operación de subsidios y apoyos de programas gubernamentales, garantizarán que la entrega de estos discriminación, legalidad, imparcialidad y transparencia.
  5. Trámites y servicios. Quienes participen en la prestación de trámites y en el otorgamiento de servicios, atenderán a las personas responsable e imparcial.
  6. Recursos humanos. Quienes participen en procedimientos de recursos humanos, deberán apegarse a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas.
  7. Administración de bienes muebles e inmuebles. Quienes participen en procedimientos de asignación, administración, uso, transferencia, baja, enajenación o destrucción de bienes muebles o inmuebles, lo harán con eficiencia, transparencia y honradez
  8. Procesos de evaluación. Quienes participen en procesos de evaluación, se apegarán en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
  9. Control interno. Quienes participen en procesos en materia de control interno, deberán generar, obtener, utilizar y comunicar apegándose a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
  10. Procedimiento administrativo. Quienes participan en procedimientos administrativos respetarán las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia conforme a los principios de legalidad y seguridad jurídica y promoverán la cultura de la denuncia.
  11. Desempeño permanente con integridad. Siempre deberán conducir su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética e integridad.
  12. Cooperación con la integridad. Cooperarán con la Secretaría y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos al servicio público, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.
  13. Comportamiento digno. En el desempeño de su empleo, cargo o comisión, observarán respeto hacia las personas con las que tienen o guardan relación.

Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo

¿Qué es?

Es un órgano colegiado conformado por personas servidoras públicas de los distintos niveles jerárquicos de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Cultura y Turismo, electos democráticamente de manera escalonada, cada dos años, por los miembros de la misma dependencia, con excepción de la Presidenta y el Secretario Técnico.

¿Cómo está conformado?

Está conformado por nueve miembros propietarios con voz y voto, de los cuales dos participarán de manera permanente y siete serán electos con carácter temporal. 

a.    Funciones y obligaciones del Comité de Ética de la Secretaría de Cultura y Turismo

De acuerdo a los Lineamientos Generales para establecer las bases de la integración, organización, atribuciones y funcionamiento de los Comités de Ética de las dependencias del Poder Ejecutivo y sus Organismos Auxiliares del Estado de México, corresponde al Comité, entre otros, los siguientes:

  • Establecer las bases para las actuaciones del Comité en términos de los lineamientos su integración, organización y funcionamiento.
  • Elaborar su Programa Anual de Trabajo.
  • Elaborar, revisar, actualizar y verificar el cumplimiento del Código de Conducta.
  • Recibir y turnar al Órgano Interno de Control, las denuncias y delaciones que se presenten.
  • Evaluar anualmente el contenido del cumplimiento de los Códigos de Ética y de Conducta.
  • Promover programas de capacitación y sensibilización en materia de ética, integridad y conflicto de interés, entre otras.
  • Difundir y promover el Código de Ética, Reglas de Integridad y Código de Conducta.
  • Gestionar la entrega de reconocimientos o premios.
  • Aprobar y emitir el informe anual de actividades.

b.    Integración del Comité de Ética de la Secretaría de Cultura y Turismo 

De conformidad con lo dispuesto en el Décimo Octavo y Décimo Noveno de los “Lineamientos”; el personal del servicio público de esta Secretaría, del 8 al 10 de diciembre de 2021, realizó la elección de las personas integrantes del Comité de Ética, para el período 2022-2023, a través del Sistema de los Comités de Ética de la Secretaría de la Contraloría (SICOE); resultando electas por votación, las personas siguientes:      
 

Cargo en el Comité

Propetario

1er. Suplente

2do. Suplente

 

Presidenta

Titular de la Dependencia

 

Lic. Nelly Minerva Carrasco Godínez

Secretaria de Cultura y Turismo

 Lic. Moshé Dayán Morales Díaz

Secretario Particular de la Secretaría de Cultura y Turismo

 

 

Secretaria Técnica

Dirección General

 

Lic. Luis Guillermo López Nieto

 

Jefe de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación

 Lic. Kouanin Haideé Jiménez Cuevas     

Jefa del Departamento de Mejora Regulatoria

 

Vocal Dirección General

Lic. Maritza Zulema Sánchez Lugo

Directora General de Patrimonio y Servicios Culturales del

Valle de Toluca

      
C.P. Ricardo Max Bery Pérez

Coordinador Administrativo

 

      Mtro. Luis Manuel García Peña

Director del Conservatorio de

Música del Estado de México

Vocal

Dirección de Área      
 

 

Mtro. Hugo Loaiza Almaraz

Director de Servicios Culturales del Valle de los Volcanes  

 

 

Vocal

Subdirección

 

 Lic. Lizbeth Ivonne Juárez Hernández

 Subdirectora de Relaciones Públicas de la Dirección de la Orquesta Sinfonica del Estado de México

Lic. Itzel Jazmín Rangel Castelá

Subdirectora de Acervos

 

 

Vocal

Jefatura de Departamento

Mtra. Sandra Edith Mata Gómez

Jefa del Departamento de Vinculación y Organización de Reuniones

 

Lic. Jorge Gerardo Camacho Esparza

Coordinador de la Compañía de Danza del Estado de México

 

 

Lic. María Eva

Gutiérrez Rebollar

Jefa del Departamento de Control Presupuestal

Vocal

Delegación Administrativa      
 

 

Lic. Diana Ortiz Álvarez

Delegada Administrativa de la Dirección General de Patrimonio y Servicios Culturales del Valle de Toluca

 

 

Vocal

 

Enlace      
 

 

Tec. Ana María Orozco Aguero

Lidersa "A" de Proyectos, adscrita a la Dirección General de Patrimonio y Servicios  Culturales del Valle de Toluca

 


 Lic.Idalia Saraí Sánchez García

Coordinadora Técnica de Planeacion y Proyectos del Conservatorio de Música del Estado de México

 

C. Ciro Cruz Roque

Encargado del Despacho de la Dirección del Museo de Arte Moderno

Vocal

 

 

Operativo

C. Nabora Teresa de los

Reyes Mejía

Adscrita a la Dirección General de Patrimonio y Servicios Culturales del Valle de Toluca

Lic. Raúl Campos Quezada

Músico con categoría Asistente de principal “B” en la sección de Trombones de la Orquesta Sinfónica del Estado de México

Lic. Patricia Irene

Aguirre Martínez

Adscrita a la Dirección General de Patrimonio y Servicios Culturales del Valle de Toluca

 


c.    Funciones y obligaciones de los integrantes del Comité de Ética de la Secretaría de Cultura y Turismo

  1. Desempeñar sus tareas con apego a los valores, principios y reglas de integridad.
  2. Colaborar y apoyar al Secretario Técnico, para cumplir con los objetivos del Comité.
  3. Comprometerse de manera activa en el desarrollo de las actividades que se acuerden por el Comité.
  4. Cumplir y promover el cumplimiento del Código de Ética, el Código de Conducta y Reglas de Integridad.
  5. Dar seguimiento a los asuntos que se sometan a su consideración, recabar la información necesaria y solicitar la colaboración y el apoyo que consideren oportunos.
  6. Vigilar que sus actividades se apeguen a las leyes generales y locales de los sistemas anticorrupción y de responsabilidades administrativas, al Código de Conducta de la Secretaría de Cultura y Turismo y a los demás ordenamientos relativos y aplicables.
  7. Participar activamente en el Comité y en los Subcomités a fin de que su criterio contribuya a la mejor toma de decisiones.
  8. Hacer uso responsable de la información a la que tengan acceso.
  9.  Manifestar por escrito, si tuvieren o conocieren de un posible conflicto de interés, personal o de alguno de los demás miembros del Comité de Ética y abstenerse de toda intervención.
  10. Capacitarse en los temas propuestos por la Secretaría de Cultura y Turismo.
  11. Atender los requerimientos realizados por el Comité de Ética. 
  12. Las demás inherentes al Comité.      

El anterior formato, se puede hacer llegar al Comité por medio de cualquiera de sus integrantes o al correo electrónico: david.tagano@edomex.gob.mx      
De igual manera, pueden presentar sus denuncias o solicitar información de forma:

  • Presencial: en las oficinas de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, ubicadas en el Centro Cultural Mexiquense, sito en Bulevar Jesús Reyes Heroles núm. 302, Del. San Buenaventura, C.P. 50110, Toluca, Estado de México.
  • Telefónica: (722) 2 74 11 77 Ext. 1229, 1263, 1267.